El aporte es para padres y cuidadores de niños menores de 2 años que en sus trabajos no tienen derecho a sala cuna. El Subsidio Protege es uno de los aportes que entrega el Gobierno, el que se dirige a los trabajadores que mantengan el cuidado de niños y niñas menores de 2 años, y que no tengan garantizado el derecho a sala cuna por parte de su empleador.
El aporte contempla un monto mensual de $200.000 por cada niño o niña que se tenga al cuidado por un periodo de tres meses, y que se puede extender hasta los seis.Las postulaciones finalizan este 20 de agosto y se pueden hacer de forma completamente online en el sitio Subsidio al Empleo.
Para ser uno de los beneficiarios es requisito el estar trabajando, sea esto de manera presencial o telemática y tener el siguiente mínimo de cotizaciones:
-Trabajadores dependientes: tener cuatro cotizaciones (salud y AFP) pagadas en los últimos 12 meses previos a la postulación. Una de estas cuatro cotizaciones debe ser del mes previo a la postulación.
-Trabajadores independientes: haber cotizado como independiente en la última operación renta (2020) con aporte de cotizaciones total o parcial, o bien cumplir con cuatro cotizaciones (salud y AFP) en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación.
De ser aprobado para el beneficio este mes, se realizará entrega del aporte según el siguiente calendario:
-Primer Pago: 11 de septiembre o al siguiente dia hábil bancario
-Segundo Pago: 11 de octubre o al siguiente dia hábil bancario
-Tercer Pago: 11 de noviembre o al siguiente dia hábil bancario
-Cuarto Pago: 11 de diciembre o al siguiente dia hábil bancario
-Quinto Pago: 11 de enero 2022 o al siguiente dia hábil bancario
-Sexto Pago: 11 de febrero 2022 o al siguiente dia hábil bancario
Entre las inhabilidades para este aporte económico se encuentran:
-Hacer uso de los beneficios de la Ley de Crianza Protegida (Licencia Médica Preventiva Parental – Suspensión por Motivo de Cuidado).
-Estar con licencias prenatal, postnatal y postnatal parental.
-Mantener contratos suspendidos por Ley de Protección al Empleo o Crianza Protegida al momento de la postulación.
-Hacer uso del permiso y licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año.
-Hacer uso del permiso y licencia médica por Ley SANNA.
-Estar suspendido por Ley de Protección del Empleo.
-Estar contratado por una empresa que esté obligada a entregar beneficio de sala cuna, por tener contratadas a 20 o más mujeres.
-Ser funcionario en instituciones del sector público.
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