En julio, el sueldo mínimo verá un nuevo incremento y llegará a $500 mil. Con ello, diferentes beneficios también subirán el monto que entregan, uno de ellos es el Bono por Hijo.
Recordemos que esta ayuda estatal es entregada por el Instituto de Previsión Social (IPS), y está destinada a mujeres pensionadas por cada hija o hijo que naciera vivo, o que haya sido adoptado.
¿Quiénes reciben el Bono por Hijo?
Además de lo antes señalado, el principal requisito para obtener el Bono por Hijo es tener 65 años o más. Y es que el beneficio es recibido directamente en las cuentas de AFP, por lo tanto, es un aporte a la pensión de las mujeres.
Con eso claro, es necesario destacar que este aporte genera rentabilidad desde la fecha de nacimiento de la hija o hijo, el cual equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.
Para ello se considera lo siguiente:
Si el o la hija nació previo al 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
Si nació posterior al 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá a la cifra que estaba vigente en el mes de su nacimiento.
¿Cuál será el nuevo monto?
Considerando lo señalado anteriormente, para todos los niños o niñas que nazcan a partir del 1 de julio de 2024, que es cuando entra en vigencia el nuevo sueldo mínimo de $500 mil, el Bono por Hijo se recalculará.
Por lo cual, el monto verá reflejada un alza de $72 mil, quedando así en un total de $900 mil.
¿Cuáles son los requisitos para postular al beneficio?
Junto a las condiciones señaladas en esta publicación, este beneficio requiere que las personas que postulen hayan vivido en Chile de forma continua o discontinua por 20 años tras cumplir 20 años de edad.
Además es esencial haber residido en el país durante cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el bono.
En el caso de aquellas que están registradas en la Oficina de Retorno y Diplomáticos, se les computará el tiempo que vivieron en el extranjero. Junto a estos puntos, se requiere lo siguiente:
–La mujer debe estar afiliada a una AFP y debe haber obtenido su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
-Ser titular o recibir la Pensión Garantizada Universial (PGU).
–No estar afiliada a un régimen previsional mientras se recibe una Pensión de Sobrevivencia de una AFP, compañía de seguros o el IPS desde el 1 de julio de 2009.
Así puedes solicitar el Bono por Hijo
Una vez que las mujeres cumplen los 65 años o más, pueden acercarse a una oficina del IPS para solicitar el Bono. Además, pueden solicitarlo a través de su AFP o compañía de seguros.
En caso de no estar afiliada a una AFP, debe incorporarse a una y solicitarlo mediante esa vía.
Asimismo, puedes consultar si eres beneficiaria o no del beneficio a través de este sitio web (mi.chileatiende.gob.cl), donde basta que ingreses tus datos.
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