La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a Joaquín Alberto Rivera Cid a la pena de 7 años y 184 días de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de robo con fuerza en lugar habitado o destinado a la habitación. Ilícito perpetrado en abril del año pasado, en la comuna de Bulnes.
En fallo unánime (causa rol 14-2024), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Claudio Arias Córdova, Paulina Gallardo García y el fiscal judicial Solón Vigueras Seguel– ratificó la sentencia impugnada, dictada el 5 de diciembre pasado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.
“Que el fundamento que tuvieron los sentenciadores para arribar a la conclusión antedicha, consistió en que el encartado Joaquín Rivera Cid, había sido condenado con anterioridad por el delito de robo con violencia. En este sentido, el tribunal argumentó que tratándose el presente ilícito de un robo cometido en las dependencias de un inmueble, por lo que se afecta el derecho de propiedad de la víctima, en tanto que en el anterior, afecta el mismo derecho de la víctima, en uno y otro caso la modalidad de comisión es similar. En el robo con violencia, venciendo la fuerza física o resistencia de la víctima y en el robo con fuerza, empleando la fuerza física para lograr la sustracción de la cosa o cosas objetos del delito”, consigna el fallo.
La resolución agrega que: “Ahora, al igual que lo razonado por el Tribunal Oral en lo Penal, esta Corte comparte que la exigencia del legislador en cuanto a que la reincidencia especifica no consiste en que el delito actual y el anterior sean idénticos, sino solo que afecten el mismo bien jurídico y tengan una modalidad similar de comisión”.
“(…) en la especie, la Corte estima concurrente la agravante atribuida al imputado, por cuanto entre el presente delito de robo con fuerza y el anterior de robo con violencia, se afectó el mismo bien jurídico protegido por el legislador y la modalidad de comisión de uno y otro, si no idéntica, es similar”, añade.
El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 06:10 horas del 15 de abril de 2023, Rivera Cid llegó hasta el domicilio de la víctima y su grupo familiar, ubicado en la comuna de Bulnes. Una vez en el lugar, saltó el cerco perimetral y, desde el antejardín del inmueble, sustrajo una bicicleta, salió de la propiedad de la misma manera como ingresó y se dio a la fuga con la especie en su poder.
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