La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a Edwar Alirio Toloza Salazar a la pena de 15 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito frustrado de femicidio. Ilícito perpetrado en septiembre de 2020, en la comuna.
En fallo unánime , la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Guillermo Arcos, el fiscal judicial Solón Vigueras y el abogado (i) Raúl Fuentes– confirmó la sentencia atacada, dictada el 24 de enero pasado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán.
“Que, dirimiendo la cuestión en análisis y enfatizando una vez más, el carácter normativo de la causal interpuesta, este Tribunal coincide con la decisión adoptada por las señoras sentenciadoras, teniendo presente que el extracto de filiación y de antecedentes no es el único medio idóneo para examinar la concurrencia o no de la irreprochable conducta anterior del imputado, y que el ingreso de este al país de forma irregular denota la ejecución de una conducta de relevancia para el análisis de la concurrencia de la atenuante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, coincidiendo además con lo aseverado en estrados por la parte querellante, en cuanto a que la determinación en un caso determinado de la concurrencia o no de circunstancia modificatorias de responsabilidad penal, es una cuestión que solo le compete a los jueces de la instancia, no correspondiendo a la Corte examinar si a los antecedentes fácticos de una circunstancia como la de la especie se aplicó correctamente la normativa respectiva”, sostiene el fallo.
El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que el 16 de septiembre de 2020, en horas de la madrugada, en el domicilio de la víctima, “Toloza Salazar procedió a atentar contra esta, quien a la fecha era su conviviente, con la intención de darle muerte, para lo cual tomó un cuchillo cocinero, dándole 2 puñaladas en zonas vitales, primero en la zona región lumbar derecha, y luego en la zona lateral izquierda del cuello, y además le provocó lesiones en las manos, debido a la acción defensiva de la víctima, requiriendo ser intervenida quirúrgicamente. Posteriormente el imputado se da a la fuga”.
Fuente: ladiscusion.cl
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